Extinción de dominio agraria en Colombia desde la reforma constitucional de 1936

La extinción de dominio agraria, en virtud de la Función Social de la Propiedad, es una herramienta jurídica propia del sistema de derecho colombiano que produce la terminación del dominio de un predio por las causales establecidas en el artículo 1 de la Ley 200 de 1936 (Ley de Tierras), quedando este predio a favor de la Nación, de acuerdo con el artículo 6 de la mencionada ley. Su fundamento se basa en la reforma agraria que Colombia lleva clamando desde hace más de 100 años. Pues evidente que la concentración de tierra y la marginación de los campesinos más pobres sigue siendo una problemática vigente en el país, ya que “el 1 % de las fincas de mayor tamaño tienen en su poder el 81% de la tierra colombiana”. Por esta razón, el siguiente... Ver más

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2019-05-30

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Documentos de trabajo Areandina - 2019