El derecho a la protesta social: reflexiones sobre la necesidad de un criterio consecuencialista en el marco de la revisión jurisprudencial sobre la materia

El presente artículo busca analizar la tirantez producida entre el desarrollo del derecho constitucional a la protesta social –reunión pacífica, articulo 37 de la Constitución Política (1991) – y los derechos de las personas que no participan en ella. El artículo describe y analiza la línea jurisprudencial existente sobre la materia y presenta algunos comentarios guiados por el análisis económico del derecho y los métodos de interpretación constitucional.

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2346-2078

2023-04-18

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Juan Camilo Rojas - 2023