La debilidad manifiesta de algunas personas naturales no comerciantes en estado de insolvencia

El Régimen de Insolvencia para la Persona Natural no Comerciante consagrado en el nuevo Código General del Proceso no tuvo en cuenta a las personas que se encuentran en un estado de debilidad manifiesta y quienes por su condición no pueden atender en forma normal las obligaciones a su cargo. Dicho régimen era precisamente la oportunidad que existía para que a través de un mecanismo legal se desplegara la protección sobre estos sujetos que constitucionalmente gozan de especial protección, y al desaprovecharla deben estos sujetos continuar acudiendo a la acción de tutela a fin de buscar la protección de sus derechos fundamentales, toda vez que no tienen un mecanismo legal preestablecido al que puedan acudir. 

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1692-3960

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2014-06-29

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