Arte, derecho y derecho al arte

El artículo defiende que existe un derecho subjetivo al arte fundamentado en la autonomía del arte, que lo diferencia de otras formas expresivas; en la capacidad de apropiación subjetiva del arte exclusivamente por parte de los seres humanos; en las posibilidades del arte para la construcción de formas de expresión varias; y en el potencial uso del arte en políticas públicas propias de los sistemas democráticos, que ayudaría al derecho a la paz y a la reconciliación, así como formas alternativas de reparación y rehabilitación en sociedad. La exclusividad de la relación del hombre con el arte fundamentaría su objetivación y, por ello, lo convertiría en un derecho jurídicamente exigible.

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0122-9893

2346-2051

2014-07-23

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