Facultades del Querellante conforme al artículo 341 del Código Procesal Penal vigente.

A lo largo de la práctica procesal penal, muchas son las posturas que se han venido discutiendo con respecto a la figura de la víctima o querellante, su actuación y facultades dentro del proceso penal. A pesar de lo anterior, no ha existido mayor dificultad en cuanto al reconocimiento de los derechos de las víctimas, como tampoco acerca de las facultades legales que puede ejercer, una vez constituida como querellante legítima. El  punto medular de la discusión ha sido siempre, el momento procesal oportuno para presentar su escrito de querella y  ejercer cualesquiera de las facultades que le confiere el artículo 341 del Código de Procedimiento Penal. Sobre este tema en particular se referirá este breve  y a mi parecer necesario  ensayo, no t... Ver más

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2023-05-31

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Saima Yodalis Pitti Suira - 2023

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