La regla de minimis en el ámbito de los acuerdos restrictivos de la libre competencia.

La regla de minimis es una de las varias tesis cuya aplicación permite reducir el alcance de la prohibición de los acuerdos restrictivos de la competencia (art. 81.1 del TCE), y en este medida compatibilizar la aplicación de las disposiciones antitrust con el desarrollo de la libertad de empresa, la libertad de contratación y la autonomía privada. Conforme a la esta doctrina, sólo las conductas que afectan la competencia de forma significativa o sensible se encuentran comprendidas en el ámbito de la prohibición del art. 81.1 del TCE y, en consecuencia deben prohibirse y sancionarse. Aquellas que por el contrario no surten efectos sensibles sobre la competencia se sitúan por fuera del ámbito de la norma y se consideran sin relevancia antitru... Ver más

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1692-3960

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2009-12-25

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