Estudio de la autoría y participación en los delitos contenidos en los artículos 316 y 317 del C. P. español. Especial referencia al caso colombiano

Los arts. 316 y 317 del Código Penal español establecen la responsabilidad del empresario y sus delegados frente a la no adopción de medidas de seguridad con respecto a sus trabajadores, indicándose que pese a que este delegue sus funciones, la vigilancia es indelegable, generando en todo caso responsabilidad penal. Se analizará la conveniencia en relación con la adopción de una norma parecida en el ordenamiento penal colombiano, y si en todo caso, podría hablarse de impunidad con respecto al empresario que no adoptando medidas de seguridad, da lugar a que sus trabajadores se lesionen o mueran.

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2215-7190

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2012-02-10

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