El servicio público esencial y derecho de huelga en Colombia (convenios 87 y 98 de la OIT.)

El presente artículo planteará una solución a la controversia surgida una vez aprobada la Constitución de 1991, en la cual se establecen dos normas en materia del mundo del trabajo (Derecho Laboral): el Artículo 53 que dispone: [...] Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna [...] y el Artículo 93 que señala: Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno [...]. Estas normas han causado que los Convenios 87 y 98 de la OIT (ratificados por Colombia mediante las Leyes 26 y 27 de 1976, respectivamente) y los comentarios de sus órganos de... Ver más

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Francisco Rafael Ostau de Lafont de León, Leidy Ángela Niño Chavarro - 2014

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spelling El servicio público esencial y derecho de huelga en Colombia (convenios 87 y 98 de la OIT.)
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-568 de 10 de agosto de 1999. M. P. Carlos Gaviria Díaz.
Colombia, Congreso de la República. Acto legislativo 01 de 1936, “Reformatorio de la Constitución”. Bogotá: Diario Oficial No. 23.263, 22 de agosto de 1936.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-075 de 20 de febrero de 1997. M. P. Hernando Herrera Vergara.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-085 de 1 de marzo de 1995. M. P. Jorge Arango Mejía.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-1158 de 17 de noviembre de 2005. M. P. Alfredo Beltrán Sierra.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-122 de 22 de febrero de 2012. M. P. José Ignacio Pretelt.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-450 de 4 de octubre de 1995. M. P. Antonio Barrera Carbonell.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-466 de 14 de mayo de 2008. M. P. Jaime Araujo Rentería.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-473 de 27 de octubre de 1994. M. P. Alejandro Martínez Caballero.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-542 de 23 de octubre de 1997. M. P. Hernando Herrera Vergara.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-567 de 17 de mayo de 2000. M. P. Alfredo Beltrán Sierra.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-858 de 3 de septiembre de 2008. M. P. Nilson Pinilla Pinilla.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-285 de 5 de abril de 2006. M. P. Álvaro Tafur Galvis.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-423 de 11 de septiembre de 1996. M. P. Hernando Herrera Vergara.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-568 de 10 de agosto de 1999. Expediente 206.360. M. P. Carlos Gaviria Díaz.
Beaudonnet, Xavier, ed. International Labour Law and Domestic Law Subtitle: Training Manual for Judges, Lawyers and Legal Educators. Turín: OIT, 2009.
Colombia, Corte Suprema de Justicia. “Sentencia del 12 de diciembre de 2012, referencia No. 58.697”. http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:apvZPNaEhV8J:190.24.134.69/sentencias/Tutelas/2013/Penal/Dr.Gustavo%2520Enrique%2520Malo%2520Fern%25C3%25A1ndez/Agosto/T-68350%2801-08-13%29.doc+&cd=2&hl=es&ct=clnk&gl=co (acceso noviembre 20, 2013).
Cruz, Manuel, comp. El siglo de Hannah Arendt. Barcelona: Paidós, 2007. Oficina Internacional del Trabajo. Conferencia Internacional del Trabajo. 81a reunión 1994.
Informe de la Comisión de expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones. Ginebra: Oficina Internacional de Trabajo, 1994.
Organización Internacional del Trabajo. Libertad sindical: recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT. 5a ed. Ginebra: Oficina Internacional del Trabajo, 2006.
Ostau de Lafont, Francisco Rafael y Leidy Ángela Niño Chavarro. “Aplicación de los Convenios de la OIT en materia de derecho de asociación sindical y negociación colectiva en las decisiones de los jueces laborales en Colombia. Prolegómenos”. Derechos y Valores, núm. XIII (julio-diciembre, 2010): 162-178.
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Colombia, Congreso de la República, Código Sustantivo del Trabajo. Bogotá: Legis, 2012.
Publication
Artículo de revista
Universidad Catolica de Colombia
Derecho internacional
Servicio público esencial
Constitución
8
1
Núm. 1 , Año 2014 :Enero - Junio
Huelga
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Novum Jus
Niño Chavarro, Leidy Ángela
Ostau de Lafont de León, Francisco Rafael
https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/view/648
El presente artículo planteará una solución a la controversia surgida una vez aprobada la Constitución de 1991, en la cual se establecen dos normas en materia del mundo del trabajo (Derecho Laboral): el Artículo 53 que dispone: [...] Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna [...] y el Artículo 93 que señala: Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno [...]. Estas normas han causado que los Convenios 87 y 98 de la OIT (ratificados por Colombia mediante las Leyes 26 y 27 de 1976, respectivamente) y los comentarios de sus órganos de control (Comité de Libertad Sindical y de la comisión de expertos en aplicación de convenios y recomendaciones) sean considerados por la Corte Constitucional como convenios de derechos humanos que forman parte del bloque de constitucionalidad; esto genera una contradicción con el Código Sustantivo frente al ejercicio del derecho de huelga. Se tendrá como objeto definir el concepto de servicio público esencial y el derecho de huelga, las causales de declaratoria de ilegalidad de la suspensión o del paro colectivo de actividades y cuántos tipos de huelga hay en Colombia.
Español
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Francisco Rafael Ostau de Lafont de León, Leidy Ángela Niño Chavarro - 2014
Strike
International law
Essential public service
Journal article
Essential public service and the right to strike in Colombia (conventions No. 87 and 98 of ILO.)
This paper will set out a solution to the controversy that emerged after the approval of the Constitution of 1991, in which two norms in the matter of labour (Labour Law) were established: Article 53 mandates (...) International conventions of labour duly ratified are part of the internal law. (...); and Article 93 states International treaties and conventions ratified by Congress that recognize Human Rights and prohibit their limitations in state of exception, prevail in the internal order (...). This norms have produced that the Convention No. 87 and 98 of ILO (ratified by Colombia through law 26 and 27 of 1976 respectively) and the comments of their supervisory bodies (Trade Union Freedom Comittee and the Committee of Experts on the Application of Conventions and Recommendations) be considered by the Constitutional Court as conventions of human rights that are part of the constitutionality block. This has resulted in a contradiction of the substantive code addressing the exercise of the right to strike. The purpose of this article will be to establish the concept of essential public service and the right to strike, the grounds of illegality declaration of collective halt or suspension of activities, and the different types of strike in Colombia.
Constitution
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Colombia, Congreso de la República. Acto legislativo 01 de 1936, “Reformatorio de la Constitución”. Bogotá: Diario Oficial No. 23.263, 22 de agosto de 1936.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-075 de 20 de febrero de 1997. M. P. Hernando Herrera Vergara.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-085 de 1 de marzo de 1995. M. P. Jorge Arango Mejía.
Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-1158 de 17 de noviembre de 2005. M. P. Alfredo Beltrán Sierra.
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Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-568 de 10 de agosto de 1999. Expediente 206.360. M. P. Carlos Gaviria Díaz.
Beaudonnet, Xavier, ed. International Labour Law and Domestic Law Subtitle: Training Manual for Judges, Lawyers and Legal Educators. Turín: OIT, 2009.
Colombia, Corte Suprema de Justicia. “Sentencia del 12 de diciembre de 2012, referencia No. 58.697”. http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:apvZPNaEhV8J:190.24.134.69/sentencias/Tutelas/2013/Penal/Dr.Gustavo%2520Enrique%2520Malo%2520Fern%25C3%25A1ndez/Agosto/T-68350%2801-08-13%29.doc+&cd=2&hl=es&ct=clnk&gl=co (acceso noviembre 20, 2013).
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Informe de la Comisión de expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones. Ginebra: Oficina Internacional de Trabajo, 1994.
Organización Internacional del Trabajo. Libertad sindical: recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT. 5a ed. Ginebra: Oficina Internacional del Trabajo, 2006.
Ostau de Lafont, Francisco Rafael y Leidy Ángela Niño Chavarro. “Aplicación de los Convenios de la OIT en materia de derecho de asociación sindical y negociación colectiva en las decisiones de los jueces laborales en Colombia. Prolegómenos”. Derechos y Valores, núm. XIII (julio-diciembre, 2010): 162-178.
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