Los derechos de las personas con debilidad mental manifiesta: Inimputables y la administración de justicia
La condición humana del encartado penal en Colombia, en lo concerniente a su dignidad y derechos constitucionales, deben ser observados y protegidos sin ninguna discriminación. la Constitución Política de 1991 en sus artículos 13 y 2 señala que el “Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta” (Constitución Política de Colombia [Const.], 1991, art. 13), igualmente le encarga la labor de protección a las autoridades de la república como a los administradores de justicia (jueces y fiscales), a fin de asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado de derecho; en este caso, el autor del delito en condición de... Ver más
2011-5733
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