La acusación múltiple y la "Igualdad de armas" En el sistema acusatorio Argentino
Uno de los principios del Sistema Acusatorio, que rige en muchas de las provincias de Argentina, siendo el Chaco una de las primeras en implementarla, es la igualdad de armas. El problema es que ésta no se efectiviza en la práctica, toda vez que el imputado puede ser acusado tanto por el fiscal como por los posibles querellantes. En el presente trabajo se plantea que, para que exista la igualdad de armas es menester una reforma legislativa que admita que, en los supuestos de acusación múltiple, sólo pase a la etapa del juicio la parte querellante. De esta manera, la acción continuaría entre querellante e imputado, quedando el representante del Ministerio Público Fiscal como garante de la legalidad.
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María Florencia Morante, José María Morante Mariani - 2022
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La acusación múltiple y la "Igualdad de armas" En el sistema acusatorio Argentino República Argentina, Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco. Ley 5149, “Prorroga por el término de un año la entrada en vigencia Ley 4538 (Código Procesal Penal)”. Resistencia: Boletín Oficial núm. 7978, 6 de enero de 2003. http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 María Florencia Morante, José María Morante Mariani - 2022 Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0. Comisión Interamericana de los Derechos Humanos. Declaración americana de los derechos y deberes del hombre. Bogotá, 1948. Fontán Balestra, Carlos. Tratado de derecho penal. Tomo III: parte general. Buenos Aires: Abeledo-Perrot, 1996. Maier, Julio. Derecho procesal penal. Tomo I: fundamentos. Buenos Aires: Editores del Puerto, 2004. Maier, Julio. Derecho procesal penal. Tomo II: parte general. Sujetos procesales. Buenos Aires: Editores del Puerto, 2003. Oderigo, Mario. Lecciones de derecho procesal. Tomo I: parte general. Buenos Aires: Roque de Palma, 1989. Organización de las Naciones Unidas. Declaración universal de los derechos humanos. Nueva York, 10 de diciembre de 1948. Organización de las Naciones Unidas. Pacto internacional de derechos civiles y políticos. Nueva York, 16 de diciembre de 1966. Organización de los Estados Americanos. Convención americana sobre derechos humanos. “Pacto de San José”. San José, 22 de noviembre de 1969. República Argentina, Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco. Ley 965-N de 2020, “Por la cual se modifica el Código Procesal Penal de la Provincia del Chaco”. Resistencia: Boletín Oficial, 19 de octubre de 2020. República Argentina, Congreso de la Nación. Ley 24 430 de 1994, “Ordénase la publicación del texto oficial de la Constitución Nacional (sancionada en 1853 con las reformas de los años 1860, 1866, 1898, 1957 y 1994)”. Buenos Aires: Boletín Oficial núm. 28 057, 10 de enero de 1995. https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/view/4108 República Argentina, Congreso de la Nación. Ley 27 063 de 2014, “Por la cual se aprueba el Código Procesal Penal de la Nación”. Buenos Aires: Boletín Oficial núm. 33 027, 10 de diciembre de 2014. República Argentina, Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sentencia del 17 de mayo de 2005. Fallos 328:149. H. L. L. República Argentina, Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sentencia del 17 de febrero de 2004. Fallos 321:2021. F. A. S. info:eu-repo/semantics/article http://purl.org/coar/resource_type/c_6501 http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1 http://purl.org/redcol/resource_type/ART info:eu-repo/semantics/publishedVersion http://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85 info:eu-repo/semantics/openAccess http://purl.org/coar/access_right/c_abf2 Text Español Publication Argentina Morante Mariani, José María 16 1 Núm. 1 , Año 2022 :Enero - Junio Artículo de revista igualdad de armas sistema acusatorio Morante, María Florencia text/html application/pdf Universidad Catolica de Colombia Uno de los principios del Sistema Acusatorio, que rige en muchas de las provincias de Argentina, siendo el Chaco una de las primeras en implementarla, es la igualdad de armas. El problema es que ésta no se efectiviza en la práctica, toda vez que el imputado puede ser acusado tanto por el fiscal como por los posibles querellantes. En el presente trabajo se plantea que, para que exista la igualdad de armas es menester una reforma legislativa que admita que, en los supuestos de acusación múltiple, sólo pase a la etapa del juicio la parte querellante. De esta manera, la acción continuaría entre querellante e imputado, quedando el representante del Ministerio Público Fiscal como garante de la legalidad. Novum Jus defensa en juicio sistema acusatório defense in trial Argentina equality of arms Argentina paridade de armas defesa em tribunal accusatory system One of the principles of the Accusatory System, which governs many of the Argentine provinces, the Chaco being one of the first to implement it, is equality of arms. The problem is that this is not effective in practice, since both the prosecutor and potential plaintiffs can accuse the accused. In the present work, it is proposed that, for there to be equality of arms, a legislative reform is necessary that admits that, in cases of multiple accusations, only the plaintiff goes to the trial stage. In this way, the action would continue between the complainant and the accused, leaving the representative of the Public Prosecutor's Office as the guarantor of legality. Multiple accusations nd “Equality of arms” In the Argentine accusatory system Journal article 1692-6013 https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/download/4108/4100 https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/download/4108/4169 2500-8692 2022-03-23T00:00:00Z 2022-03-23T00:00:00Z 66 51 2022-03-23 https://doi.org/10.14718/NovumJus.2022.16.1.3 10.14718/NovumJus.2022.16.1.3 |
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