La constitucionalización del derecho financiero en el derecho colombiano

El artículo analiza la llamada Constitucionalización del Derecho Financiero en Colombia, buscando responder a la pregunta: ¿El Derecho Financiero en el régimen de Derecho Colombiano está constitucionalizado? A partir de esta inquietud se formula una correlativa: ¿Cuáles son los efectos e implicaciones de dicha Constitucionalización? Se responde que con la entrada en vigencia de la Constitución Colombiana de 1991, evidentemente el Derecho Financiero se constitucionalizó a tal grado, que además de ser considerada la actividad como de servicio público, es claro que las entidades financieras actúan en ejercicio de una autorización del Estado para cumplir uno de sus fines, el cual es el de la prestación de los servicios públicos, por lo cual goz... Ver más

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Artículo de revista
<p>El artículo analiza la llamada Constitucionalización del Derecho Financiero en Colombia, buscando responder a la pregunta: ¿El Derecho Financiero en el régimen de Derecho Colombiano está constitucionalizado? A partir de esta inquietud se formula una correlativa: ¿Cuáles son los efectos e implicaciones de dicha Constitucionalización? Se responde que con la entrada en vigencia de la Constitución Colombiana de 1991, evidentemente el Derecho Financiero se constitucionalizó a tal grado, que además de ser considerada la actividad como de servicio público, es claro que las entidades financieras actúan en ejercicio de una autorización del Estado para cumplir uno de sus fines, el cual es el de la prestación de los servicios públicos, por lo cual gozan de algunas prerrogativas propias de la actividad, pero igualmente se obligan a cumplir condiciones mínimas de derechos de los usuarios, que restringe cabalmente su ejercicio.</p>
William Jiménez Gil
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Constitutionalization financial law in the Colombian law
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