Los convenios de interés público y de asociación en el régimen de contratación pública colombiana

El presente artículo tiene como objeto analizar el régimen jurídico creado con la expedición del Decreto 092 de 2017. Para ello, se recurre a la dogmática jurídica, con el fin de ofrecer un análisis sistemático del régimen en cuestión, acudiendo a fuentes normativas, jurisprudenciales y doctrinales. A partir del análisis, se sostiene que esta nueva regulación distingue entre los convenios de asociación, establecidos en la Ley 489 de 1998 y reglamentados por una parte del mencionado decreto, y los denominados convenios de “interés público” que están previstos en el artículo 355 constitucional. En cuanto a las principales similitudes entre ambas figuras valga destacar que: (i) ambos convenios deben celebrarse con personas jurídicas privadas s... Ver más

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Alejandro Gómez Velásquez, Cristian Andrés Díaz Díez - 2019

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Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C. Sentencia del 3 de diciembre de 2014. C.P.: Olga Mélida Valle de De La Hoz. Actor: Asociación Promotora de Proyectos Servicios y Asesoría Culturales Proactiva y otros. Demandado: Bogotá - Distrito Capital - Secretaría Distrital de Integración Social. Rad. 25000-23-36-000-2014-00199-01(51832).
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Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C. Sentencia del 23 de mayo de 2012. C.P.: Olga Mélida Valle de De La Hoz. Actor: Luis Nelson Fontalvo Prieto. Demandado: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Rad. 25000-23-26-000-1998-01471-01(22828).
Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto 1710 del 23 de febrero de 2006. C.P.: Luis Fernando Álvarez Jaramillo.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B. Sentencia del 5 de diciembre de 2016. C.P.: Ramiro Pazos Guerrero. Exp. 41333. Rad. 05001233100020030366301.
Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A. Sentencia del 13 de agosto de 2014. C.P.: Carlos Alberto Zambrano Barrera. Actor: Gloria Lyda Rengifo Alarcón. Demandado. Municipio de Palmira y otros. Rad. 76001-23-31-000-2000-01885-01 (26765).
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Sentencia del 14 de mayo de 2014. C.P.: Mauricio Fajardo Gómez. Rad. 110011032600020140003500(50222). Actor: Martín Bermúdez Muñoz. Demandado: Departamento Nacional de Planeación.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Sentencia del 14 de agosto de 2008. C.P.: Mauricio Fajardo Gómez. Rad. 11001032600019990 001201(16230).
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Subsección C. Sentencia del 3 de diciembre de 2007. C.P.: Ruth Stella Correa Palacio. Exp. 31447.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Auto del 5 de julio de 2017. C.P.: Jaime Orlando Santofimio Gamboa. Actor: Julián Andrés Cotes Buitrago y otros. Demandado: Departamento Nacional de Planeación. Rad. 111001-03-26-000-2017-00083-00 (59493).
Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto 2146 del 12 de septiembre de 2013. C.P.: William Zambrano Cetina.
Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto 1957 del 3 de septiembre de 2009. C.P.: Enrique José Arboleda Perdomo.
Escola, H. J. El interés público como fundamento del derecho administrativo. Buenos Aires: Depalma, 1989.
Dávila Vinueza, L. G. Régimen jurídico de la contratación estatal. 3.ª ed. Bogotá: Temis, 2016.
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El presente artículo tiene como objeto analizar el régimen jurídico creado con la expedición del Decreto 092 de 2017. Para ello, se recurre a la dogmática jurídica, con el fin de ofrecer un análisis sistemático del régimen en cuestión, acudiendo a fuentes normativas, jurisprudenciales y doctrinales. A partir del análisis, se sostiene que esta nueva regulación distingue entre los convenios de asociación, establecidos en la Ley 489 de 1998 y reglamentados por una parte del mencionado decreto, y los denominados convenios de “interés público” que están previstos en el artículo 355 constitucional. En cuanto a las principales similitudes entre ambas figuras valga destacar que: (i) ambos convenios deben celebrarse con personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad, (ii) no pueden implicar una relación conmutativa entre las partes, (iii) están sometidos al régimen de inhabilidades e incompatibilidades del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, (iv) les aplican los principios de la contratación estatal y (v) están sujetos a las normas generales aplicables a la contratación pública excepto en lo reglamentado en el Decreto 092 de 2017. El presente artículo realiza un estudio de estos dos tipos de convenios previstos en el régimen de contratación pública con el fin de explicitar su definición, características, similitudes, diferencias y algunos problemas a los que ha dado lugar su celebración.
Gómez Velásquez, Alejandro
Díaz Díez, Cristian Andrés
Contratación pública;
convenios de interés público;
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auxilios públicos;
entidades privadas sin ánimo de lucro
Núm. 44 , Año 2019 : Septiembre-Diciembre
Artículo de revista
44
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Revista Derecho del Estado
Alejandro Gómez Velásquez, Cristian Andrés Díaz Díez - 2019
Español
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Departamento de Derecho Constitucional
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Public Grants
Public interest and association agreements in the Colombian public procurement system
The following paper aims to analyze the legal framework of public procurement created with the expedition of Decree 092 of 2017. Through legal research methods, the paper proposes a systematic analysis of the legal framework recurring to normative, jurisprudence and doctrinal sources. Doing so, this paper will be focus on the definitions, typologies, main features and some problematic issues that the regulation implies. It will be held that this new regulation distinguishes between association public agreements, regulated by Act 489 of 1998 and partly by the mentioned decree, and “public interest” agreements that are supported by article 355 of the Colombian Constitution. About the similarities among both agreements it could be established that, (i) both public contracts must be sign up with nonprofit organization with recognized suitability, (ii) neither can imply a commutative relationship, (iii) both are regulated by the regime of disabilities and incompatibilities provided by Act 80 of 1993, (iv) the legal and constitutional principles of public procurement are applicable to them, and (v) both of them are subjects of the general norms applicable to public procurement except on the precise content of Decree 092 of 2017.
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Decreto 777 de 1992, “Por el cual se reglamenta la celebración de los contratos a que refiere el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política”, del 16 de mayo de 1992.
Decreto 092 de 2017 del Departamento Nacional de Planeación, “Por medio del cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política”, del 23 de enero de 2017
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Alcaldía de Medellín. Decreto Municipal n.º 1920 del 1.º de diciembre de 2015.
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Rodríguez Tamayo, M. Contratación pública con entidades sin ánimo de lucro. Decreto 092 de 2017. Bogotá: Legis, 2017.
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Lucas Pachón, C. Contratación pública. Análisis normativo, descripción de procedimientos. Bogotá: ECOE, 2014.
Fonseca Gómez, Ó. J. Los convenios de asociación. Una mirada desde el estatuto contractual y el Distrito Capital. Tesis de maestría en Derecho. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 2012.
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Chávez Marín, A. R. Los convenios de la Administración. Entre la gestión pública y la actividad contractual. 3.ª ed. Bogotá: Temis, 2015.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C. Sentencia del 3 de diciembre de 2014. C.P.: Olga Mélida Valle de De La Hoz. Actor: Asociación Promotora de Proyectos Servicios y Asesoría Culturales Proactiva y otros. Demandado: Bogotá - Distrito Capital - Secretaría Distrital de Integración Social. Rad. 25000-23-36-000-2014-00199-01(51832).
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C. Sentencia del 23 de mayo de 2012. C.P.: Olga Mélida Valle de De La Hoz. Actor: Luis Nelson Fontalvo Prieto. Demandado: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Rad. 25000-23-26-000-1998-01471-01(22828).
Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto 1710 del 23 de febrero de 2006. C.P.: Luis Fernando Álvarez Jaramillo.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B. Sentencia del 5 de diciembre de 2016. C.P.: Ramiro Pazos Guerrero. Exp. 41333. Rad. 05001233100020030366301.
Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A. Sentencia del 13 de agosto de 2014. C.P.: Carlos Alberto Zambrano Barrera. Actor: Gloria Lyda Rengifo Alarcón. Demandado. Municipio de Palmira y otros. Rad. 76001-23-31-000-2000-01885-01 (26765).
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Sentencia del 14 de mayo de 2014. C.P.: Mauricio Fajardo Gómez. Rad. 110011032600020140003500(50222). Actor: Martín Bermúdez Muñoz. Demandado: Departamento Nacional de Planeación.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Sentencia del 14 de agosto de 2008. C.P.: Mauricio Fajardo Gómez. Rad. 11001032600019990 001201(16230).
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Subsección C. Sentencia del 3 de diciembre de 2007. C.P.: Ruth Stella Correa Palacio. Exp. 31447.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Auto del 5 de julio de 2017. C.P.: Jaime Orlando Santofimio Gamboa. Actor: Julián Andrés Cotes Buitrago y otros. Demandado: Departamento Nacional de Planeación. Rad. 111001-03-26-000-2017-00083-00 (59493).
Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto 2146 del 12 de septiembre de 2013. C.P.: William Zambrano Cetina.
Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto 1957 del 3 de septiembre de 2009. C.P.: Enrique José Arboleda Perdomo.
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Cabanellas, G. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. T. ii. Buenos Aires: Heliasta, 1997.
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